Comunicado 1844

09 de Abril 2026

Libre elección de apellidos e identidades no binarias en actas de nacimiento

  • La LXII Legislatura mexiquense aprobó que, en las actas de nacimiento, las personas progenitoras puedan elegir libremente el orden de los apellidos de sus hijas e hijos, así como incluir la opción de identidad ‘no binaria’ en la expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género.
  • Con las reformas impulsadas por la diputada Itzel Ballesteros, le diputade Luisa Navarro (en conjunto con la asociación civil Fuera del Clóset) y la gobernadora Delfina Gómez, también se establece que, en celebraciones de matrimonio, si alguna persona contrayente está inscrita en algún registro de obligaciones alimentarias, deberá comunicarlo a la otra persona contrayente.

El Pleno del Congreso mexiquense avaló que, en las actas de nacimiento, las personas progenitoras puedan elegir libremente el orden de los apellidos de sus hijas e hijos, así como incluir la opción de identidad ‘no binaria’ en la expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género. 

Esta reforma, que conjuntó las iniciativas de la diputada Itzel Daniela Ballesteros Lule y de le diputade Luisa Esmeralda Navarro Hernández, integrantes de morena, —con colaboración de la asociación civil Fuera del Clóset—, y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, también establece que, en celebraciones de matrimonio, si alguna persona contrayente está inscrita en algún registro de obligaciones alimentarias, deberá comunicarlo a la otra persona contrayente. 

La adecuación al Código Civil estatal, cuya lectura la realizó la parlamentaria Itzel Ballesteros durante la sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, añade disposiciones para las actas de nacimiento y de defunción. 

En este sentido, señala que el nombre de las personas físicas se forma con el sustantivo propio y un apellido de la madre, y un apellido del padre, siendo elección libre de las personas progenitoras cuál de sus apellidos asignarán, así como el orden que de común acuerdo determinen. 

Puntualiza que, en el caso de que el padre y la madre no lleguen a un acuerdo respecto del orden que deben seguir los apellidos del hijo o hija, se asentará en primer lugar el apellido que la madre determine de entre los suyos, y en segundo lugar el apellido que el padre determine de entre los suyos.

El texto precisa que, en las actas de rectificación para acreditar la identidad de género, se entenderá este concepto como la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no, al sexo asignado en el acta primigenia, incluyendo la identidad no binaria. En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Además, en los casos de matrimonio, la o el oficial del registro civil proporcionará a las y los futuros contrayentes cursos sobre los derechos y obligaciones para estas uniones, salud reproductiva, igualdad y equidad de género, así como la prevención de la violencia familiar, para lo cual se auxiliará de los sistemas estatales y municipales para el desarrollo integral de la familia. 

En las actas de nacimiento, se incluirá lugar y fecha de registro, fecha, hora y lugar del nacimiento, el sexo de la persona presentada, conforme a los datos contenidos en el certificado médico o constancia de alumbramiento, el nombre de la persona registrada, de conformidad con las reglas establecidas en el código, la razón de si es presentada viva o muerta, la impresión de la huella digital si está viva y la Clave Única de Registro de Población (CURP).

En tanto que las actas de defunción deberán llevar la firma de la persona oficial del registro civil y de la persona declarante, si supiere o pudiere hacerlo o, en su caso, imprimirá su huella digital.

Finalmente, la reforma indica que los gastos que se originen por la entrada en vigor del decreto estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y financiera. Además, que dichos gastos deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado del ente público competente, tanto para el ejercicio fiscal en curso como para los subsecuentes.

En este sentido, Navarro Hernández destacó que la reforma representa un momento histórico, ya que decisiones que parecen pequeñas tienen un impacto significativo en la vida de las personas. Reconoció el impulso de la gobernadora para avanzar en igualdad, contrastó el avance local con retrocesos en otros estados y agradeció el respaldo institucional y la lucha de personas activistas.

Previo a la sesión plenaria, en reunión de la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia, en la que estuvo el diputado José Francisco Vázquez Rodríguez (morena), presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), se discutieron y aprobaron las iniciativas referidas. 

Se aprobó la incorporación de la propuesta de la legisladora Ana Yurixi Leyva Piñón (PT) para que, en caso de falta de acuerdo entre personas progenitoras, se asiente en primer lugar el apellido que la madre determine de entre los suyos y en segundo lugar el apellido que el padre determine de entre los suyos.

Al recordar que hace pocos años se leía la epístola de Melchor Ocampo en las ceremonias matrimoniales, que establecía que ‘la mujer debe ser sumisa y obediente’, y que debía adoptar el apellido del esposo, el diputado Octavio Martínez Vargas (morena) calificó como atinada la propuesta de la legisladora Yurixi Leyva, pues evita que se siga invisibilizandolas.

En la reunión de comisiones se rechazaron las reservas de la Jucopo que buscaban el cumplimiento de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 124/2021, para que en las reformas el levantamiento de nuevas actas de nacimiento que reconozcan la identidad de género autopercibida.

Con estas reservas coincidió la diputada Miriam Silva Mata (PVEM), quien además se pronunció por legislar sin ambigüedad para llegar a un estado de derecho progresista y beneficiar realmente a los diferentes sectores de la población, como las familias homoparentales. 

Al respecto, le diputade Luisa Esmeralda Navarro y las diputadas Itzel Daniela Ballesteros y Selina Trujillo Arizmendi, integrantes de morena, coincidieron en que el reconocimiento de identidades no binarias y la posibilidad de elegir el orden de los apellidos representan un avance en dignidad, inclusión y justicia social, al tiempo que permiten construir una legislación acorde con la realidad, que protege a las minorías, reconoce la diversidad y garantiza que niñas, niños y personas en general cuenten con una identidad que refleje quiénes son.

Al votar en contra del dictamen en lo general, la legisladora Emma Laura Alvarez Villavicencio (PAN) precisó que el reconocimiento de la identidad de género sin requisitos puede generar problemas legales y administrativos, como inconsistencias en documentos oficiales y posibles abusos de la ley. Sostuvo que una reforma debe ser jurídicamente sólida, viable y garantizar estabilidad, además de preservar a la familia como base de la sociedad.

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