Comunicado 1025
11 de Septiembre 2025
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Que abusos contra menores no queden en la impunidad: Mercedes Colín
- La diputada Mercedes Colín (PRI) propuso que no existan plazos límite para demandar reparación del daño en casos de abuso sexual contra menores.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que un plazo fijo es contrario al derecho de las víctimas de acceder a la justicia y recibir una justa indemnización, afirmó la legisladora.
La diputada María Mercedes Colín Guadarrama (PRI) planteó establecer la reparación del daño, en todo momento, en casos de violencia sexual contra niñas, niños o adolescentes, sin que la acción prescriba; es decir, sin que haya un plazo legal determinado para que la persona víctima o afectada pueda ejercer esta acción.
De aprobarse, la iniciativa eliminará el plazo de dos años —contados a partir del día en que se haya producido el daño—, para exigir la reparación del daño cuando se trate de casos de violencia sexual contra niñas, niños o adolescentes, el cual está actualmente establecido en el Código Civil estatal, de manera general, como plazo de prescripción de la acción de la reparación.
Al exponer su propuesta, la legisladora resaltó que se busca impulsar mecanismos jurídicos que aseguren y fortalezcan la protección integral de las niñas, niños y jóvenes de la entidad, especialmente cuando se encuentran en contextos de mayor vulnerabilidad social.
Explicó que la reparación del daño tiene como finalidad, por un lado, resarcir a la persona afectada y, por otro, asegurar que se haga justicia. Agregó que su función principal es restablecer el equilibrio vulnerado, ya sea mediante la restitución al estado anterior al daño o, en su caso, a través del pago de una indemnización proporcional a los perjuicios sufridos.
La parlamentaria puntualizó que, a diferencia del Código Civil, en el Código Penal estatal se establece que los delitos que sean en perjuicio de niñas, niños, adolescentes y mujeres víctimas de violencia de género, no prescribirán.
Adicionalmente, compartió que el 25 de junio de este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, que el plazo de dos años vigente en la Ciudad de México, es contrario al derecho de las víctimas de acceder a la justicia y recibir una justa indemnización; especialmente cuando se trata de víctimas que han sufrido abuso sexual durante la infancia o la adolescencia.
Por lo anterior, con esta modificación se armoniza también el Código Civil con el criterio emitido por el máximo tribunal, a fin de garantizar un acceso real y efectivo a la justicia.
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