
● La diputada Elena García (morena) presentó una iniciativa a fin de mejorar el sistema para la emisión, modificación, publicación y observancia de tesis aisladas y jurisprudencias del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (Trijaem).
● La iniciativa también plantea una redistribución de competencias para corregir problemas de técnica normativa que, de acuerdo con la legisladora, dificultan el cumplimiento de las funciones del tribunal.

La diputada Elena García Martínez (morena) presentó una iniciativa para mejorar el sistema de emisión, modificación, publicación y observancia de tesis aisladas y jurisprudencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (Trijaem), así como redistribuir de manera ordenada las competencias de sus órganos, con el propósito de corregir problemas de técnica normativa que, a consideración de la legisladora, dificultan el cumplimiento de las funciones de esta institución.
En sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, la proponente indicó que, mediante reformas al Código de Procedimientos Administrativos y a la Ley Orgánica del Trijaem, ambas de la entidad, pretende que el sistema sea entendible, funcional y congruente.
Por lo tanto, plantea que la jurisprudencia de esta institución encargada de dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal entre las autoridades de la administración pública estatal y municipal, los organismos auxiliares con funciones de autoridad y las personas particulares pueda formarse por reiteración, por contradicción y por modificación.
También busca reconocer que las secciones de la Sala Superior puedan emitir tesis aisladas y establecer jurisprudencia por reiteración y por modificación en los asuntos de su competencia, como producto de su propia función jurisdiccional.
Asimismo, propone reservar al Pleno la resolución de contradicciones entre tesis aisladas o jurisprudencias de las secciones, fijando el criterio que deba prevalecer, así como determinar cuándo deben dejarse sin efectos los criterios del Trijaem cuando se contrapongan a la jurisprudencia obligatoria del Poder Judicial de la Federación.
Además, precisa el valor de las tesis aisladas como criterios orientadores, la obligatoriedad de la jurisprudencia según su forma de integración, las reglas para su interrupción y modificación, y el deber de aprobar, registrar y publicar los criterios en la ‘Gaceta del Gobierno’ y en el órgano oficial de difusión del tribunal.
A lo anterior se suma la propuesta de establecer expresamente que la jurisprudencia emitida por los órganos del Poder Judicial de la Federación sea obligatoria, además de contar con un mecanismo institucional frente al dictado de sentencias contrarias a jurisprudencia obligatoria.
En el plano orgánico, se pretende ajustar las atribuciones del Pleno, de la presidencia, de las secciones, de la magistratura consultiva y de la Unidad de Estudios y Proyectos Especiales al nuevo modelo normativo.
El documento refiere que el Pleno conservaría su papel en la contradicción de tesis y, excepcionalmente, para dejar sin efectos algunos criterios. Las secciones, en tanto, asumirían con claridad la integración, aprobación y, en su caso, modificación de su propia jurisprudencia; la presidencia cumpliría funciones de trámite y publicación; la magistratura consultiva formularía los proyectos de resolución y, en su caso, de jurisprudencia por contradicción, y la Unidad de Estudios asumiría un papel de apoyo técnico, solo cuando el órgano competente lo solicite expresamente.
En el proyecto, la congresista subraya que un sistema claro de tesis aisladas y jurisprudencia reduce la incertidumbre interpretativa, evita respuestas dispares frente a problemas semejantes, auxilia el trabajo de las salas regionales, orienta la actuación de las autoridades administrativas y de los órganos internos de control, y brinda a litigantes y justiciables una herramienta valiosa para conocer el sentido de los criterios del tribunal.
Asimismo, advierte que fortalece la legitimidad institucional del órgano jurisdiccional y contribuye al desarrollo del derecho administrativo mexiquense. En conclusión, recalca, se trata de pasar de un modelo impreciso y poco productivo a uno más claro, ordenado y eficaz.
Finalmente, la iniciativa incorpora una regla general de publicidad y transmisión de las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno y Administración y de los Comités del Tribunal por medios electrónicos institucionales, con las salvedades estrictamente necesarias para proteger datos personales, información reservada o confidencial y demás supuestos legalmente justificados.
La propuesta indica que la emisión de tesis aisladas y jurisprudencia no constituye una tarea accesoria, pues se trata de una función esencial en todo tribunal que aspira a ofrecer consistencia en la interpretación del derecho, en la resolución de casos semejantes y dar certeza a quienes acuden a la justicia.
En este sentido, subrayó que la jurisprudencia no solo orienta la labor de los órganos jurisdiccionales del Trijaem, sino también la actuación de las autoridades administrativas y los órganos internos de control, además de brindar a litigantes y justiciables elementos para conocer los criterios del tribunal y valorar su aplicación en casos concretos.
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